El Supremo Tribunal Federal (STF) decidió, por 6 votos contra 5, declarar inconstitucional el requisito de edad mínima para el otorgamiento de lajubilación especiala los trabajadores expuestos habitual y permanentemente a agentes nocivos para la salud.
La medida, adoptada el 3 de junio de 2026 en sentencia de ADI 6309, derriba apartados de la Reforma Previsional de 2019 que imponía edades mínimas de 55, 58 o 60 años, según el grado de nocividad de la actividad. De este modo, cualquier persona que pueda acreditar el tiempo mínimo de exposición (15, 20 o 25 años) puede solicitar la prestación independientemente de su edad.
La decisión representa una victoria para categorías como mineros, enfermeras, encargados de gasolineras, trabajadores de la construcción expuestos a ruidos o sustancias químicas y profesionales de plataformas petroleras. El STF entendió que mantener al trabajador en un ambiente nocivo después de cumplir el tiempo de exposición contradice el carácter tutelar de la jubilación especial.
Lo que se ocultó de la Reforma Previsional
A pesar del cambio de acceso, el cálculo del valor del beneficio continúa siguiendo las reglas de la Enmienda Constitucional 103/2019. No hubo retorno al antiguo modelo de cálculo integral.
El promedio considera todos los salarios de cotización desde julio de 1994. Se aplica como base el 60% de este promedio, con un incremento de 2 puntos porcentuales por cada año que supere:
- 20 años de aporte (hombres);
- 15 años de aporte (mujeres);
- 15 años para ambos en los casos de actividades que requieran únicamente 15 años de exposición especial.
El tiempo de actividad común puede ayudar a incrementar el porcentaje, pero no sustituye la necesidad de acreditar el periodo especial.
Ejemplos prácticos de cálculo
Para un hombre con 25 años de actividad especial y un aporte promedio de R$ 3.000:
- Base: 60% a los 20 años + 10 puntos porcentuales (5 años adicionales) = 70%;
- Beneficio estimado: R$ 2.100.
Con otros 4 años de actividad común (29 años en total): el porcentaje aumenta al 78%, resultando en alrededor de R$ 2.340.
Para una mujer con 25 años de especial y el mismo promedio:
- Base: 60% a los 15 años + 20 puntos (10 años extra) = 80%;
- Beneficio estimado: R$ 2.400.
Con 5 años comunes adicionales (30 años en total): puede llegar al 90%, o R$ 2.700.
Los valores son simulaciones. El cálculo real depende del CNIS, la actualización monetaria, el techo del INSS y la validación de los períodos por parte del organismo.
Cómo demostrar tu derecho
La prueba de la exposición sigue siendo esencial. El documento principal es el Perfil Profesional de la Seguridad Social (PPP), emitido por el empleador en base a un informe técnico sobre condiciones ambientales de trabajo.
El INSS exige acreditar la exposición habitual y persistente a agentes físicos, químicos o biológicos. Los trabajadores a quienes se les negaron solicitudes debido a la edad mínima ahora pueden tener otra oportunidad de revisión.
Qué hacer a partir de ahora
Los expertos recomiendan esperar a la publicación de la sentencia y a cualquier orientación del INSS. Cualquier persona que ya haya cumplido el tiempo de exposición deberá:
- Reunir documentos (PPP, tarjeta de trabajo, informes);
- Consultar el extracto del CNIS;
- Presentar una solicitud administrativa o judicial, si fuera necesario.
La decisión allana el camino para nuevas solicitudes y revisiones, pero no garantiza el pago retroactivo automático. Cada caso requiere un análisis individual.

