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España prohíbe adelantar con nieve e impone guantes en moto

moto - Melinda Nagy/Shutterstock.com
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La Dirección General de Tráfico aplicará en las carreteras de España a partir del 1 de octubre de 2026 una reforma que prohíbe adelantar en autopistas y autovías cuando las nevadas compliquen el tránsito. La disposición obliga a los conductores a transitar por el carril situado más a la derecha.

Vía libre para máquinas quitanieves y servicios sanitarios

El Real Decreto del 24 de junio de 2026 publicado en el Boletín Oficial del Estado el 26 de junio de 2026 modifica el artículo 32.2 del Reglamento General de Circulación para reservar el margen izquierdo a las máquinas quitanieves y a los vehículos de emergencias, permitiendo el uso del carril contiguo únicamente en tramos que cuenten con tres o más carriles por cada sentido de circulación.

La norma carece de excepciones territoriales. El organismo estatal formalizó este cambio tras difundir un comunicado oficial el 23 de junio de 2026 con el propósito declarado de reforzar la seguridad de los usuarios vulnerables. Los agentes de tráfico vigilarán el cumplimiento en toda la red estatal sin importar la comunidad autónoma.

Exigencias específicas para conductores de motocicletas y ciclomotores

El texto legal establece que quienes manejen motocicletas o ciclomotores deberán portar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier trayecto. Estos vehículos ligeros podrán avanzar por el arcén derecho durante situaciones de congestión vial a una velocidad tope de 30 kilómetros por hora cuando el tramo cuente con señalización previa.

¿Qué reglas entran en vigor para patinetes y ciclistas?

La reforma gubernamental introduce requisitos técnicos y de edad para los usuarios de vehículos de movilidad personal:

  • Edad mínima de 15 años para conducir patinetes eléctricos.
  • Obligación de usar casco protector y chaleco reflectante durante la noche o con baja visibilidad.
  • Uso permanente del casco en vías interurbanas para ciclistas convencionales.
  • Chaleco y casco obligatorios en todo momento para repartidores profesionales que utilicen bicicletas o ciclomotores.
  • Circulación autorizada fuera de cascos urbanos exclusivamente por sendas ciclables o carriles bici.

Todos los ocupantes de automóviles deberán abrocharse el cinturón de seguridad sin excepciones, salvo los pacientes y personal de ambulancias acondicionadas para brindar atención técnico-sanitaria durante el traslado. Los semáforos peatonales tampoco podrán sincronizar la fase verde para peatones con la fase ámbar intermitente para los vehículos a motor. El calendario de ejecución fija la aplicación general para el 1 de octubre de 2026.

Calendario extendido para cascos y luminarias

La normativa reserva dos excepciones temporales cuya exigencia se pospone hasta el 1 de octubre de 2027. Esta prórroga de doce meses comprende el sistema de alumbrado permanente en patinetes y la certificación técnica de los cascos homologados para motoristas.

Sanciones ficticias y fraudes detectados en torno a la normativa

La Dirección General de Tráfico acumuló alertas institucionales frente a falsificaciones que ofrecían carnés de conducir fraudulentos sin examen y páginas web que comercializaban distintivos ambientales apócrifos. Correos electrónicos y mensajes SMS suplantaron al organismo para reclamar cobros inexistentes por estacionamiento o excesos de velocidad. Ningún conductor pierde el permiso por padecer celiaquía ni existen multas por discutir dentro del habitáculo. La campaña de desinformación alcanzó a la baliza V16 a finales de 2025.

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